LA CALIDAD DEL SER HUMANO
Bases y Condiciones
1 - Participantes
Estaciones adheridas - ENERGY CRISMA
- Energy Cacique Lambaré: Av. Cacique Lambaré y Vencedores del Chaco/Lambaré
- Energy Bruno Guggiari 2: Av. Bruno Guggiari casi Ñasaindy/Lambaré
- Energy San Isidro: Av. San Isidro y Acuña de Figueroa/Lambaré
- Energy Colegiales: Av. Defensores del Chaco y Mburucuyá/Villa Elisa
- Energy Villa Bonita: Río Salado y Nuestra Señora de la Asunción/Villa Elisa
- Energy Ypane: Calle Esmeralda y Paso de Oro/Ypané
- Energy Fdo. Sur: Av. Leopardi y Tte. Enciso/Fdo. De la Mora
- Energy Anabella: Av. Avelino Martínez y Capellanes del Chaco/Fdo. De la Mora
- Energy Leopardi: Av. Juan Leopardi esq. Ita Ybate/Fdo. De la Mora
- Energy Pratt Gill: Av. Pratt Gill c/24 de Junio/Fdo. De la Mora
- Energy San Lorenzo : Av. Prof. Dr. Victorio Curiel y Concordia /San Lorenzo
- Energy Maka`i: Av. Cnel. Martinez y Prof. Guillermo Leoz/Luque
- Energy Ecológico: Av. Gervasio León casi Ruta Transchaco/Mariano R.A.
- Energy Aratirí: Av. Puerta del Sol (Capiatá)/Capiatá
- Energy Santa Rita 1: Tramo Sur Km. 42 Sta. Rita/Santa Rita
- Energy Santa Rita 2: Ruta 6 Km. 34, Campiñas Verde, Sta. Rita/Santa Rita
- Energy Hernandarias 1: Av. Las Acacias y Ñangapiry/Hernandarias
- Energy Hernandarias 2: Av. Nanawa y Mangore/Hernandarias
- Energy Hernandarias 3: Super Carretera Km. 24 Esq. Arasa/Hernandarias
- Energy Cnel. Oviedo: Ruta 8 Km. 132 casi Villarrica/Cnel. Oviedo
- Energy La Pastora: Ruta 8 Dr. Blas Garay Km. 144 – Desvío La Pastora/ Cnel. Oviedo
- Energy C.D.E. Km. 1,5: Av. Patricio Colman/C.D.E.
- Energy C.D.E. Km. 9: Ruta Internacional Km. 9 – Monday/C.D.E.
- Energy Villa Elvira: Av. Rca. de Bolivia Km. 6,5/C.D.E.
- Energy C.D.E. Km. 8: Av. San Blas C.D.E. Km. 8/C.D.E.
- Energy San José: Av. Padre Bouman y Los Rosales/C.D.E.
- Energy C.D.E. San Carlos: Av. San Carlos Km. 9 – Acaray/C.D.E.
- Energy C.D.E. Ciudad Nueva: Calle 9 República de Venezuela – Ciudad Nueva (C.D.E.)/C.D.E.
- Energy Encarnación: Av. Gral. Artigas c/Tomas Romero P/Encarnación
- Energy San Juan del Paraná: Ruta 1 Km. 11 – Encarnación/Encarnación
- Energy Pte. Franco: Av. Monday Km. 8 Pte. Franco/Pte. Franco
- Energy Saltos del Guairá: Av. Paraguay y Bernardino Caballero/Saltos del Guairá
- Energy San Alberto: Gral. Bernardino Caballero y Eusebio Ayala/San Alberto
- Energy Troche: Ramal entre Ruta 7 y 8 Lomas Clavel/Troche
2 - Descripción del beneficio de la promoción
3 - Detalles de los insumos a entregar
3.1.- Paquete de agua mineral
3.2.- Paquete de gaseosas
3.3.- Paquete de bebidas isotónicas
3.4.- Paquete de galletitas dulces
3.5.- Analgésicos
3.6.- Guantes de cuero
3.7.- Vales de combustible
4 - Observaciones
4.1.- El plazo de vigencia de la promoción puede ser prorrogable y/o extendido.
4.2.- Promoción válida con cualquier método de pago: tarjeta de débito, tarjeta de crédito, efectivo, pago con QR, Tarjeta Flota.
4.3.- No hay monto mínimo ni máximo de carga.
4.4.- El Organizador se reserva el derecho, a su exclusivo criterio, de
efectuar filmaciones y/o sesión de fotos protagonizadas por los participantes (en adelante “las producciones”) y de publicar en la página web
del Organizador y/o en cualquier otro medio para su difusión publicitaria, de prensa, promoción, publicaciones y difusión que consideren conveniente de la Promoción y sus participantes.
4.5.- Todo participante, por la participación en la promoción, autoriza en forma irrevocable al Organizador a utilizar y/o difundir su nombre, documento, datos personales, voz e imagen, ya sean videos o fotografías en los medios, soportes y formas que el Organizador y/o quien éste designe, consideren convenientes. En virtud de esta autorización el beneficiario no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
4.6.- Los beneficiarios garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, comprometiéndose a mantener indemne a terceras personas.
4.7.- La carga de combustible deberá ser única y exclusivamente en los tanques de combustibles de los vehículos movidos con combustibles en promoción. Queda prohibida la provisión del combustible en recipientes no autorizados por ley.
4.8.- El Organizador no se hará cargo de ningún gasto de traslado del participante desde y hasta el lugar de entrega del beneficio. Cualquier costo y/o gasto en que los Participantes deban incurrir para participar de la Promoción y/o para hacerse acreedores del beneficio será a su exclusiva cuenta y cargo.